Los inversores extranjeros que poseen inmuebles en España a través de sociedades están siempre en el foco de la Agencia Tributaria.
Si una sociedad extranjera tiene más del 50% de su activo compuesto por bienes inmuebles situados en España, sus socios, aunque residan fuera del país, deberán tributar en España no solo por los activos situados aquí, sino por todo el patrimonio de la sociedad, incluidos los bienes ubicados en el extranjero.
Además, el Impuesto de Solidaridad de las Grandes Fortunas, en vigor desde 2022, acentúa el impacto de esta medida: aunque un contribuyente no residente pueda beneficiarse de una bonificación autonómica del 100% en el Impuesto sobre el Patrimonio, sí estaría obligado a pagar el impuesto de solidaridad sobre el patrimonio total, incluyendo activos situados fuera de España, si supera los tres millones de euros.
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