Los contribuyentes que cotizaron en las antiguas mutualidades laborales entre 1967 y 1978 disponen ahora de más tiempo para reclamar la devolución del IRPF por el exceso tributado en sus pensiones. Esta decisión, anunciada por la Agencia Tributaria, se produce ante el retraso en la aprobación de la norma que permitirá realizar la devolución en un único pago, una medida largamente esperada por los afectados.
Inicialmente, se preveía que esta nueva legislación estuviese en vigor antes del 30 de junio, coincidiendo con el fin de la campaña de la Renta. Sin embargo, el proyecto legislativo ha sufrido demoras en su tramitación parlamentaria y aún no ha sido aprobado de forma definitiva, aunque ya ha llegado al Senado. Mientras tanto, Hacienda ha decidido mantener abierto el formulario habilitado para que los potenciales beneficiarios puedan seguir presentando su solicitud, evitando así que pierdan el derecho por cuestiones de plazo.
La medida afecta a miles de jubilados que durante décadas vieron cómo sus prestaciones eran gravadas en el IRPF sin tener en cuenta las particularidades de las cotizaciones realizadas en su día a las mutualidades laborales. Ahora, tras años de reclamaciones, podrán recuperar lo indebidamente tributado correspondiente a los ejercicios de 2019 a 2022, así como otros ejercicios anteriores que no hayan prescrito. Esta devolución se realizará, una vez aprobada la norma, en un único abono, simplificando el proceso tanto para la administración como para los beneficiarios.
Desde Joan Lluís Vives Economistes recomendamos a los mutualistas que presenten cuanto antes el formulario a través de la sede electrónica de la Agencia Tributaria. Aunque la devolución no será inmediata hasta que se promulgue la nueva ley, este paso es fundamental para asegurar que la solicitud queda registrada y no se pierde la oportunidad de recuperar las cantidades correspondientes.