Has superado los 6 millones de facturación? Prepárate para tus nuevas obligaciones.

El término «Gran Empresa» tiene una importancia significativa en el ámbito tributario en España, ya que determina una serie de obligaciones fiscales específicas para aquellas entidades cuya facturación anual supera los 6.010.121,04 euros. Este umbral, calculado en función del volumen de operaciones, marca un cambio en las responsabilidades y trámites ante la Agencia Tributaria, lo que requiere una gestión eficiente y un conocimiento detallado de la normativa.

Definición y cálculo del volumen de operaciones

El volumen de operaciones es el total de las entregas de bienes y servicios realizadas durante el año natural, incluyendo aquellas exentas de impuestos. Para este cálculo, no se consideran las cuotas de IVA, recargos de equivalencia ni compensaciones en regímenes especiales como el de agricultura, ganadería y pesca.

Este indicador se recalcula anualmente y tiene efectos en el ejercicio posterior.

Operaciones incluidas y excluidas en el cálculo.

Entre las operaciones que se tienen en cuenta destacan:

  • Aquellas cuyo devengo del impuesto se produzca durante el ejercicio.
  • Operaciones afectadas por transmisión parcial o total de patrimonio empresarial o profesional.


Se excluyen:

  • Entregas ocasionales de bienes inmuebles.
  • Transmisión de bienes de inversión.
  • Operaciones financieras y exentas relativas al oro de inversión, siempre que no formen parte habitual de la actividad.


Consecuencias de ser Gran Empresa

Adquirir la condición de Gran Empresa implica modificaciones en varios aspectos tributarios:

  1. Censales: Se debe notificar a la Administración Tributaria mediante el modelo 036 en un plazo de un mes desde el 1 de enero del año correspondiente.
  2. Periodicidad mensual para la presentación de autoliquidaciones de IVA y modelos de retenciones como el 111.
  3. Llevanza electrónica de libros registro mediante el Suministro Inmediato de Información (SII).
  4. Pagos fraccionados del Impuesto sobre Sociedades calculados según la modalidad especial para Grandes Empresas.
  5. Obligación de recibir notificaciones electrónicas.


Pérdida de la condición de Gran Empresa

Cuando una entidad deja de cumplir el requisito de facturación superior a 6.010.121,04 euros, las implicaciones también son notables:

  • Reducción en la periodicidad de presentación de autoliquidaciones, pasando de mensual a trimestral.
  • Eliminación de la obligación del SII, salvo ciertas excepciones.
  • Modificación en el cálculo de los pagos fraccionados del Impuesto sobre Sociedades.


Comprender y gestionar adecuadamente las implicaciones fiscales asociadas a la condición de Gran Empresa es crucial para cumplir con las obligaciones tributarias y evitar sanciones. Las empresas que cruzan el umbral deben prepararse para los cambios administrativos y fiscales que ello conlleva, mientras que aquellas que pierden esta condición deben adaptarse rápidamente a la normativa aplicable. Este conocimiento permite a los responsables fiscales tomar decisiones estratégicas y garantizar una gestión eficiente, ¡tenlo en cuenta!