¿Cuándo y cómo recuperar el plan de pensiones?

Los planes de pensiones tienen como objeto complementar la pensión de jubilación en el momento en que esta se perciba. En consecuencia, las aportaciones a planes de pensiones pueden recuperarse en el momento de jubilación.

¿Cuándo se pueden recuperar?

Existen circunstancias especiales que permiten anticipar el cobro de las aportaciones realizadas plan de pensiones:

  • En caso de gran dependencia o dependencia severa.
  • En caso de incapacidad laboral total permanente o incapacidad  absoluta permanente para todo trabajo.
  • En caso de gran invalidez.
  • En caso de paro de larga duración.
  • En caso de enfermedad que impida trabajar.
  • En el caso de fallecimiento. Los beneficiarios podrán decidir si rescatar el plan o continuar con él.


Como novedad, a partir de 2025 se podrán recuperar las aportaciones realizadas, así como los rendimientos generados, con más de 10 años de antigüedad.

¿Cómo se puede recuperar?

  • De una sola vez las aportaciones realizadas y rendimientos generados
  • Mediante una renta programada fijando la periodicidad en que se quiere percibir las aportaciones realizadas y rendimientos generados.
  • Mediante una fórmula mixta de las 2 anteriores.
  • Mediante una renta vitalicia (hasta el momento de fallecimiento).


Dado que el cobro de las aportaciones realizadas, así como los rendimientos generados, suponen una renta gravada por el IRPF resulta importante antes de recuperar el plan de pensiones, analizar el coste tributario de cada una de las alternativas.